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44º Congreso de la Sociedad Española de Medicina Interna (SEMI) - Valencia
Valencia, 15-17 noviembre 2023
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35. VARIOS
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2078 - ANÁLISIS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS

Carmen Arto Fernández, Angela Doménech Cubi, María Royo Brunet, Rosibel Martínez Padilla, Rolando Hernández Vargas, Sheila Ruiz Ruiz, Belén Antuña López y Joan Pellejà Carnasa

hospital Sant Pau i Santa Tecla, Tarragona, España.

Objetivos: Analizar el nivel de conocimiento y la formalización del Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) en pacientes de nuestro entorno y su correlación con determinadas variables sociodemográficas.

Métodos: Se plantea un estudio transversal mediante una encuesta de opinión, estructurada, cerrada y voluntaria; incluyendo pacientes mayores de edad ingresados en un hospital de segundo nivel y excluyendo a aquellos casos incapaces de comunicarse o con deterioro cognitivo que, por tanto, no puedan expresar su opinión sobre las voluntades anticipadas. Posteriormente los datos fueron procesados con el programa SPSS.

Resultados: La muestra inicial fue de 63 pacientes, de los cuales 10 fueron excluidos por deterioro cognitivo, teniendo un tamaño muestral final de 53 pacientes. El 66% fueron hombres, con una edad media de 65 años y solo el 3,8% de los pacientes no disponía de estudios. El 60,4% padecía al menos una enfermedad crónica y hasta en un 49,1% valoraba su estado de saludo como “regular” (18/53) o “malo” (8/53). Únicamente el 26,4% afirmó conocer la existencia del documento de voluntades anticipadas y solo el 5,7% disponía del documento. De los pacientes con documento de voluntades anticipadas, el 66,7% fueron mujeres, diagnosticados de una enfermedad crónica en el 66,7% de los casos y todos disponían de estudios (universitarios en el 66,7% y de formación profesional en el 33,3%).

Discusión: Actualmente un gran porcentaje pacientes padecen enfermedades crónicas que en su evolución les puede incapacitar para tomar decisiones, pero además, ciertas patologías agudas también pueden ocasionar que el paciente pierda la capacidad para expresar personalmente su voluntad. A través de la introducción del documento de voluntades anticipadas (DVA), el paciente puede dejar por escrito las instrucciones que quiere que se sigan con él en caso de que su capacidad para expresarse se vea comprometida. Aunque lo cierto es, que a pesar de disponer de legislación para la defensa de la autonomía del paciente y la creación del denominado Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) del Ministerio de Sanidad, son pocas las personas no sanitarias que conocen la existencia del documento de voluntades anticipadas y aún menos quienes disponen de él. Según los datos publicados de notificación de DVA de las distintas comunidades autónomas con fecha enero de 2023, la realización del documento es más frecuente en las comunidades de Navarra, País Vasco y La Rioja (con una tasa por cada 1.000 habitantes del 22,6, 18,51 y 14,51, respectivamente), mientras que en comunidades como Ceuta y Melilla o Extremadura es sumamente infrecuente (con una tasa de 1,13 y 2,51 por cada 100.000 habitantes respectivamente).

Conclusiones: Nuestro estudio, al igual que la literatura revisada, refleja que el Documento de Voluntades Anticipadas es poco conocido e infrecuentemente realizado, habiendo obtenido incluso datos inferiores en cuanto a su conocimiento respecto a lo publicado en otros estudios. Por todo ello, creemos necesario realizar intervenciones en la comunidad para divulgar su existencia, proporcionar a los pacientes una información completa y adquirir como médicos un rol más proactivo que fomente su formalización.

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